Real Decreto Autoconsumo
Tengo una vivienda aislada con conexión a la red de iberdrola y con una instalación de placas FV de 3,3 kw/h que no vierte excedente a la red de iberdrola, es independiente. ¿Tengo que poner un contador y declarar la instalación? ¿Cuánto tiempo tendré para ponerlo? ¿Qué es mejor, poner el contador y dar de alta las placas o quitar toda la instalación FV?
Gracias.
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Saludos Manuel.
De momento no hay que instalar ningún contador puesto que aun no está aprobado el real decreto.
Además, si es una instalación fotovoltaica independiente de la instalación conectada a red no es una instalación de autoconsumo así que no tendría ni que legalizarla ni ponerle contador.
Eso sí, debe ser totalmente independiente.
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3 respuestas:
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Ya que tienes la instalación montada optaría por rentarla, por ello la declararía. Aunque según esta la normativa, el excedente de la producción se inyectaría gratuitamente en la compañía.
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El decreto ley no está publicado y no se sabe como va a terminar, siguen alargándolo, lo último que han dicho es que en el primer trimestre de 2014 saldrá. Nunca la opción es quitar la instalación, siempre será ,mejor pagar un peaje (si sale aprobado, pues hay mucha polémica, incluso a nivel Europeo) o transformarla en una aislada con una batería y un conmutador. No obstante creo que lo mejor es esperar a ver que sale en el BOE, pues por ahora solo hay borradores y comentarios.
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Hola Manuel,
Si esa instalación fv es totalmente independiente, es decir, se trata de una aislada con baterías y no hay contacto físico entre las dos instalaciones (incluyendo el apoyo a un inversor-cargador con la red), entonces no es autoconsumo ni asistida y no estará sujeta al real decreto.
Si se trata de autoconsumo o asistida lo más conveniente es esperar a la publicación del real decreto y decidir entonces.
Un saludo
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