¿Es posible instalar paneles solares en la fachada de un piso?
Hola. Vivo en un 4º piso orientado al sur. Veo que mis vecinos tienen en la fachada entre dos y tres aparatos de aire acondicionado por vivienda. Ocupando más o menos el mismo espacio, ¿se podría instalar paneles solares suficientes para generar agua caliente para dos personas? ¿Y electricidad?
Muchas gracias.
Un saludo.
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Hola Enrique.
Quiero respetar el criterio según, algunos compañeros instaladores, le estan orientando sobre su petición a nivel legal (2), pero no a nivel técnico (1). Nosotros vamos a orientarle a nivel técnico en primer lugar, ya que entendemos que usted tiene claro que los vecinos le van a permitir ejecutar su instalación en fachada, puesto que lo que Vd. proyecta realizar y lo que ellos han realizado, se encuentra en idéntica situación.
1.-NIVEL TÉCNICO: Sobre su duda si se pueden instalar paneles solares suficientes para ACS de 2 personas, o electricidad, en una fachada (90º) = SI;
1-a) SOLAR TERMICA = Y más para ACS, que se utiliza sobre todo en periodos como el invierno, mas que en temporadas calurosas:
--Tengamos en cuenta que en invierno el Sol se encuentra a menor altura que en verano (en realidad es la Tierra la que realiza esa órbita...); Lo que se traduce en un mayor rendimiento solar en invierno con mayor inclinación de los paneles; Y un mayor rendimiento solar en verano con menor inclinación de los paneles... EN RESUMEN: 2 PERSONAS: CON EL EQUIPO MAS PEQUEÑO DE 150L, A 90º (FACHADA VERTICAL), TENDRÍA DE SOBRA PARA INVIERNO, Y NO TENDRÍA QUE CUBRIR/DISIPAR EL EXCESO DE CALENTAMIENTO DEL EQUIPO EN VERANO;
1-b) SOLAR FOTOVOLTAICA = Seguimos teniendo en cuenta que en invierno el Sol se encuentra a menor altura que en verano; Lo que se traduce en un mayor rendimiento solar en invierno con mayor inclinación de los paneles; Y un mayor rendimiento solar en verano con menor inclinación de los paneles...
No obstante, igual que en Térmica una inclinación superior al 45-50% limita el campo de captación, reduciendo el sumatorio del rendimiento, en Fotovoltáica el perjuicio es mayor, ya que por encima de 50-55º la producción estival disminuye en gran medida.
1.-NIVEL LEGAL: A la entidad que, por ley o norma, se debe pedir permiso en primer lugar, es a la Admón. Local o Ayuntamiento, en la sección de urbanismo, para que le den el visto bueno en cuanto a sus normas/ordenanzas sobre "ornato público".
En algunas poblaciones le exigen la Licencia Urbanística de "obra menor", para sustitución o modificaciones superiores al X% de la instalación eléctrica, fontanería, alteración de la estética de la fachada, etc...
A continuación, como dicen mis compañeros, es imprescindible que pida permiso a la Comunidad de Propietarios de su edificio, ya que la reglamentación de dicha entidad está definida de igual forma para todo el ámbito español:
- Cualquier actuación que ustedes, o cualquiera de los co-propietarios quiera realizar en zonas comunes como:
" Hall, pasillos, distribuidores, ascensor, escalera, etc., de uso comunitario), cubiertas (terrazas habitables o técnicas, tejados inclinados, etc.), estructura, o cualquier elemento que se considere de uso/aprovechamiento comunitario, según la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal."
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Hola Enrique. Como te comentamos en febrero, se puede y te interesa: desde 900€ equipo solar ACS 3 personas con toda la instalación... Idém de rentable la instalación solar FV para electricidad!!.. Contacta con nosotros
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Hola,
lo adecuado seria ver los estatutos. Para el tema de la modificacion de la estetica de la facha.
seguido, seria solicitar el permiso a la comunidad.
Atentemente, Fontyreg.
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Hola:
En la fachada hay que contar con la aprobación de la comunidad de vecinos. Si dan el visto bueno, entonces con ese espacio puede poner un panel ACS o para fotovoltaica. Si desea agua caliente sanitaria de forma eficiente, lo mejor es un sistema de aerotermia.
Estamos a su disposición para cualquier consulta.
Enginer
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Para colocar paneles solares térmicos, necesitan tener inclinación para recoger lo más efectivamente la radiación solar y esta depende de la zona donde viva de España.
Para ACS hay otros sitemas muy eficientes como son la solar termodinámica (solo lleva una placa y se puede poner en fachada o terraza sin necesidad de tener un apoyo en los días de lluvia).
Si quiere mayor información póngase en contacto con nosotros.
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Sí; lleva la misma normativa que los aires acondicionados; la limitación es el espacio de su fachada. Siempre es bueno comentarlo a la comunidad, para evitar problemas.
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